
La sentencia de un juez federal que ordena al Congreso despenalizar el aborto con base en criterios de la Segunda Alerta de Género por Agravio Comparado, piden diputados a la Suprema Corte que la atraiga.
Este día se vencía el plazo para que los diputados reformaran el Código Penal de Veracruz.
Por lo anterior, el Poder Legislativo interpuso el recurso de revisión de la sentencia emitida por el Juzgado Décimo Octavo de Distrito en el Estado.
El Congreso estatal indicó que no se opone a la reforma de los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del Estado de Veracruz.
Pero recordó que la Suprema Corte de Justicia analiza la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Esta es contra el artículo Cuarto de la Constitución Política del Estado de Veracruz acerca de la protección a la vida, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.
El área jurídica de la Legislatura respondió que la Alerta de Violencia de Género fue aceptada y se trabaja para cumplirla.
No obstante, fundamenta que esa herramienta jurídico-administrativa no puede compararse con un precepto constitucional por el que se obligue a esa Soberanía a legislar en determinado sentido.
Además se indica que la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado, emitida por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM), dependiente de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), es una herramienta jurídico-administrativa.
Se acota que si bien “coadyuva en la garantía de los derechos humanos”, no puede estar por encima de la Constitución ni de la división de poderes, “por lo que en apego de la defensa de la soberanía y atribuciones que tiene el Poder Legislativo de Veracruz” se recurrió al Recurso de Revisión.
